En
Argentina, la ley de Tránsito 24.449, en su
ARTICULO 41. indica que "Todo
conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza
desde su derecha. Esta prioridad del que viene por la
derecha es
absoluta".
En la ciudad de Córdoba, el código de tránsito Art. 65º.
-
El
conductor que se aproxima a una encrucijada no semaforizada debe, en
todos los casos, reducir la velocidad y ceder, siempre y espontáneamente
el paso, a todo vehículo que se presente por una vía pública...
Continuar leyendo