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Auxiliares de la Justicia
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Ing. Andres Aliaga

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02 de Junio, 2017 · General

Investigación de las lesiones

Los accidentes del trabajo con lesiones o enfermedades laborales deben ser investigados tanto por temas administrativo-legales como para realimentar el sistema de gestión de Seguridad y Salud Ocupacional (SG SSO) y sentar las bases de un programa de seguridad basado en el comportamiento (SBC).

La investigación abarca las lesiones, enfermedades, dolencias e incidentes relacionadas con el trabajo y su efecto en la seguridad y la salud. La investigación del origen y causas subyacentes de los incidentes, lesiones, dolencias y enfermedades deberá permitir la identificación de cualquier deficiencia en el SG SSO y estará documentada.

Estas investigaciones deberán ser llevadas a cabo por personas competentes con una participación apropiada de los trabajadores y sus representantes. Los resultados de tales investigaciones deberán comunicarse al comité de seguridad de salud, cuando exista, y el comité deberá formular las recomendaciones pertinentes que estime oportunas.

Los resultados de la investigación, además de las recomendaciones del comité de seguridad y salud, deberán comunicarse a las personas competentes para que tomen disposiciones correctivas, incluirse en el examen que realice la dirección y tomarse en consideración en las actividades de mejora continua.

Las medidas correctivas resultantes de estas investigaciones deberán aplicarse con el fin de evitar que se repitan los casos de lesión, dolencia, enfermedad o incidente relacionados con el trabajo.

Los informes elaborados por organismos de investigación externos como los servicios de inspección del trabajo y las instituciones de seguro social deberán considerarse de la misma manera que las investigaciones internas a los efectos de la adopción de decisiones, respetándose los requisitos de confidencialidad.

Guías:
Completar Anexo de Circular GPyC 001/2004, y utilizar el método de “Árbol de causas”.

Descargar formularios del siguiente enlace: 

Base legal:
Resolución 1392/2005 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, art 4. punto 3.1. del Programa de Reducción de Siniestros Mortales (PRAM)

Seguridad basada en el Comportamiento:





publicado por andresaliaga a las 07:40 · Sin comentarios  ·  Recomendar
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